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Osorno apela sanción que le resta 3 puntos en la temporada 2025

Provincial Osorno apeló ante la Segunda Sala del Tribunal de Penalidades de la ANFP para revertir la sanción de tres puntos impuesta por la ANFP, alegando un error en la aplicación del reglamento.

 

 

Mediapolis.cl tuvo acceso al documento presentado por Provincial Osorno en su apelación contra la sanción impuesta por la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP). El club interpuso un recurso de apelación ante la la segunda sala del Tribunal de Penalidades de la ANFP, con el objetivo de revertir la penalización de tres puntos aplicada para la temporada 2025.

En el recurso de apelación, presentado por el presidente del club, Jorge Vidal Fuentes, se argumenta que la sanción impuesta “es errónea e improcedente”. La Unidad de Control Financiera (UCF) de la ANFP denunció al club por un supuesto incumplimiento en la acreditación del pago de cotizaciones previsionales, cesantía y seguros de invalidez y sobrevivencia del plantel profesional correspondiente a noviembre de 2024.

Según el expediente, la sanción impuesta se basa en la aplicación del artículo 71 del Reglamento de la ANFP, que establece la deducción de puntos para los clubes que incumplan con sus obligaciones financieras. Sin embargo, Provincial Osorno sostiene que el retraso en el pago de las cotizaciones no fue voluntario, sino que se debió a fallas en la plataforma Previred, lo que impidió realizar el pago dentro del plazo reglamentario.

El club argumenta que el plazo original para cumplir con la obligación vencía el 15 de diciembre, pero al caer en día domingo, se prorrogó hasta el lunes 16. No obstante, debido a problemas técnicos en la plataforma Previred, el pago solo pudo ser efectuado el 17 de diciembre, una vez que el sistema volvió a estar operativo.

El documento de apelación sostiene que no existió incumplimiento, ya que el club tenía los fondos disponibles y la intención de cumplir con la normativa en el plazo correspondiente, pero se vio impedido por causas ajenas a su voluntad. Además, se argumenta que, incluso en el caso de que se considerara un incumplimiento, la sanción aplicada es desproporcionada, ya que el reglamento establece que la deducción de puntos es aplicable solo cuando se omiten todas las obligaciones mensuales de información financiera. En este caso, el único retraso se produjo en la acreditación del pago de cotizaciones, por lo que la sanción debió ser una amonestación escrita y no la resta de puntos.

El club solicita la revocación de la sanción y, en subsidio, que la deducción de puntos no se aplique en la temporada 2025, sino en la competencia inmediatamente posterior en caso de que la apelación no prospere.

Con esta acción, Provincial Osorno busca evitar un perjuicio deportivo significativo y sentar un precedente respecto a la correcta aplicación de las normas financieras en el fútbol chileno. Quedamos atentos al desarrollo de este caso y a la resolución que adopte el Tribunal de Arbitraje Deportivo.

 

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